ley especial Nº 20.251 (ley del mono)

De acuerdo a la Ordenanza general de urbanismo y construcción, vigente, toda obra nueva, ampliación o remodelación, deberá contar con un permiso de edificación otorgada por la municipalidad respectiva, para lo cual se debe cumplir con una serie de requisitos, contratar los profesionales competentes en cada especialidad, presentar planos y estudios técnicos y obtener las aprobaciones respectivas. Muchas veces se construye sin contar con ninguno de estos permisos ni aprobaciones, es decir, las personas realizan ampliaciones de sus viviendas, sin pensar si realmente cumplen con las normas vigente, sin asesoría técnica, legal y por supuesto sin permisos municipales, solo pensando en resolver sus necesidades.

Por que regularizar?

Un aspecto importante para los propietarios, es que al vender sus inmuebles, las tasaciones no consideran las ampliaciones clandestinas, en los prestamos hipotecarios, no cuentan tampoco estas ampliaciones y finalmente se exponen a que la municipalidad local los presiones para regularizar y en algunos casos hasta demoler las ampliaciones que no cumplen con las normas vigentes.



Ley especial Nº 20.251

Articulo 1 transitorio.

Para obtener permisos y recepción simultaneo de viviendas sociales y viviendas menores a 520 UF (según tasación Fiscal),realizadas previas al 04 de Marzo de 2008, debe dirigirse a la Dirección de Obras Municipales (DOM) con los siguientes antecedentes:

Antecedentes

· Solicitud de permiso y recepción Simultaneo (Retirar en DOM)

· Plano de ubicación, emplazamiento, plantas de arquitectura.

· Elevaciones y cortes firmadas por el Arquitecto y propietario.

· Especificaciones Técnicas Resumidas firmadas por el Arquitecto y propietario.

· Declaración simple de no tener Reclamaciones Pendientes.

· Formulario INE Completo (Retirar en DOM).

· Informe técnico del profesional Competente (Retirar en DOM).

· Fotocopia patente profesional al día del Arquitecto.

· Certificado de Avalúo Detallado (Solicitar en SII).

Derechos

· Pago de Derechos rebajados en un 50%.


Articulo 2 transitorio.

Para obtener la Regularización de Ampliaciones de hasta 25 m2 en vivienda sociales menores a 400 UF (según O.G.U. y C.), realizadas previas al 04 de Marzo de 2008, la vivienda original debe contar con Recepción Definitiva, debe dirigirse a la Dirección de Obras Municipales (DOM) con los siguientes antecedentes:

Antecedentes

· Solicitud de permiso y recepción Simultaneo (Retirar en DOM)

· Croquis de ubicación, emplazamiento, plantas de arquitectura firmadas por el Arquitecto y propietario.

· Especificaciones Técnicas Resumidas firmadas por el propietario.

· Formulario INE Completo (Retirar en DOM).

· Declaración del propietario (Retirar en DOM).

· Declaración simple de no tener Reclamaciones Pendientes.

· Certificado de Avalúo Detallado (Solicitar en SII).

Derechos

· Exentas de pago de Derechos.